A continuación os dejamos los documentos, de los cuales os hemos hablado antes.
Documento realizado por el grupo.
¿Qué es?
La e-Administración también
conocida como Administración electrónica se refiere a la incorporación de las
tecnologías de la información y las comunicaciones en las administraciones
públicas.
Se incorpora con una doble intención:
1. transformar las oficinas tradicionales, convirtiendo los procesos en papel, en procesos electrónicos, con el fin de crear una oficina sin papeles.
2.
habilitar la vía
electrónica como un nuevo medio para la
relación con el ciudadano y empresas.
Con esto se pretende:
1.
Mejorar
la productividad de la empresa.
2.
Facilitar
los procesos que se dan día a día en la organización de las empresas.
3.
Hacer una mejor e-administración
mediante la transparencia y responsabilidad.
4.El
objetivo del Gobierno español es que los ciudadanos puedan realizar todas sus gestiones administrativas por medios
electrónicos, de forma que los Ministerios,
las Comunidades Autónomas y los Ayuntamientos estarán obligados a ofrecer sus servicios por Internet, teléfonos
móviles, televisión digital o
cualquier medio electrónico futuro.
Para la puesta en
marcha de la e-Administración, es necesario cambiar la
mentalidad tradicional de que la organización es el centro de atención, pasando
a ser el cliente el centro de todas las actividades de la organización. Se debe
introducir sistemas transparentes de trabajo, eliminando la dependencia
específica de personas para realizar las diferentes tareas.
Ventajas:
·
Disponibilidad: Se puede hablar con las organizaciones las 24
horas del día (por teléfono con servicios de atención telefónica o por Internet
a través de oficinas
virtuales). No es
necesario ceñirse a un horario de oficinas. Ya no existen los días festivos.
·
Facilidad de acceso: Ya no es necesario acudir
a la oficina presencial de la organización para realizar las gestiones.
·
Ahorro de tiempo: Para realizar una gestión se
puede realizar desde casa o cualquier lugar que deseemos, sin la necesidad de
tener que desplazarse a la oficina presencial y esperar una cola para ser
atendido.
·
Aumento de la seguridad de los datos sensibles. Estos permanecen
en centros de datos, los cuales serán más fácilmente recuperables.
·
Flexibilidad. Permite elegir entre los diferentes
canales que se ofertan para la resolución de trámites administrativos.
·
Optimización de los costes asociados al mantenimiento de los puestos
de trabajo, aumentando la productividad.
·
Concesión
de grandes ventajas para personas de
movilidad reducida, ya que podrán realizar gestiones a distancia.
·
Eco-responsabilidad. El uso de las Tecnologías de la
Información y la Comunicación permite ahorrar recursos energéticos, así como
consumo de papel.
·
Facilita el intercambio de información entre las
administraciones (interoperabilidad).
Legislación que mantiene relación
directa con la E-administración:
La Administración electrónica tiene su mayor impulso en la primera
década del siglo XXI, motivado en parte por un marco legal que ha permitido
llevar las garantías jurídicas que existen en el mundo real al mundo virtual y
en otra parte por la evolución de las tecnologías relacionadas y el desarrollo
de proyectos emblemáticos, como el DNI electrónico.
Leyes:
·
Puede mencionarse como antecedente el RD
263/1996, de 16 de febrero, por el que se regula la utilización de técnicas
electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración General del
Estado (ampliado posteriormente por RD 209/2003).
·
Ley 59/2003, de 19 de diciembre,
de firma electrónica, que establece, el concepto de
firma electrónica reconocida y la equipara jurídicamente a la firma manuscrita
o en papel, dotándola así de plena validez legal para las transacciones
electrónicas públicas y privadas.
·
Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de
Protección de Datos de Carácter Personal se establecen las garantías de confidencialidad de los datos
proporcionados por las personas físicas.
·
Ley 11/2007, de 22
de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, a la que en muchas ocasiones se refiere como "Ley de
Administración Electrónica", que consagra el concepto de Administración
electrónica en el marco jurídico español y la eleva a la categoría de derecho
de los ciudadanos. Es decir, los ciudadanos tienen el derecho de acceder
electrónicamente a los servicios de la Administración Pública y éstos ya no son
facultativos para ésta, sino que la capacidad para proporcionarlos se convierte
en una obligación para la misma, que deberá hacerse realidad a partir del 31 de
diciembre del 2009.
E-administración en la Región de Murcia:
CARM, Sitio web oficial de la Comunidad
Autónoma de la Región de Murcia.
Permite consultar
información sobre los procesos contractuales que se gestionan en el ámbito de
la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y que recoge toda la información
referente a la contratación pública generada en esta Comunidad Autónoma.
Información que se
puede encontrar en esta página:
- Anuncios de contrataciones administrativas.
- Junta Regional de contratación administrativa.
- Registro de Licitadores.
- Clasificación de empresas.
- Información a acreedores.
- Catálogo de procedimientos y trámites
electrónicos.
BORM, Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Es el diario oficial de la Región y en él se insertan todas las
Leyes, Decretos, Resoluciones, Disposiciones, Comunicaciones y demás
actuaciones de la Comunidad Autónoma que precisen tal publicación. Además
recoge cualquier disposición, comunicación o información de otras
Administraciones Públicas o de particulares, cuando su publicación en el mismo
sea exigida por precepto legal o reglamentario.
Ayuntamiento de Murcia: http://www.murcia.es/
¿Que
podemos encontrar en la web?
Datos
útiles sobre Murcia. Turismo, fiestas, historia, cultura, etc. Y además,
contiene una sección de opiniones y sugerencias, en la que pueden participar
todos los ciudadanos, con la finalidad de mejorar los servicios públicos
murcianos.
Servicios que presta la web:
Atención Presencial
Atención
Telefónica
Atención
Telemática
SEF servicio murciano de empleo y formación de la Región
de Murcia El Desarrollo Local es la acción integral que llevan a cabo
los agentes institucionales, políticos, económicos y sociales de una
determinada comunidad, cuyo fin es conseguir desarrollar el territorio local a
través de sus recursos humanos y materiales.
Servicio
Murciano de Salud.
El
servicio murciano de salud se encarga de la protección de la salud a nivel
poblacional. Tiene como objetivo mejorar la salud de la población.
Depende de la consejería de sanidad y empleo. Las funciones esenciales del
servicio murciano de salud son el conjunto de acciones que son realizadas con
fines concretos, para mejorar la salud de las poblaciones.
Las funciones del servicio murciano de la salud pública son:
- Seguimiento, evaluación y
análisis de la situación de salud.
- Vigilancia de la salud pública,
investigación, control de riesgos y daños en salud pública.
- Promoción de la salud.
- Participación de los ciudadanos
en la salud.
- Desarrollo de políticas y
capacidad institucional de planificación, y gestión en materia de salud
pública.
- Fortalecimiento de la capacidad
institucional de regulación, y fiscalización en materia de salud pública.
- Evaluación y promoción del
acceso equitativo a los servicios de salud necesarios.
- Desarrollo de recursos humanos y
capacitación en salud pública.
- Garantía y mejoramientos de la
calidad de los servicios de salud individuales y colectivos.
- Investigación en salud pública.
- Reducción del impacto de las
emergencias y desastres en la salud.
La
Agencia Tributaria de la Región de Murcia es un Organismo Autónomo que tiene
carácter administrativo, sin ánimo de lucro, depende de la Consejería de
Economía y Hacienda. Fue creado mediante Ley 14/2012, de 27 de diciembre, de
medidas tributarias, administrativas y de reordenación del sector público
regional como organismo instrumental para la realización, en nombre y por
cuenta de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de las funciones en el
ámbito tributario y otras competencias atribuidas en esta ley y la colaboración con las entidades locales en la
recaudación de sus tributos
El Instituto Murciano de
Acción Social según lo establecido en la Ley 1/2006, de 10 de abril, es un
organismo autónomo y tiene personalidad jurídica propia, además de plena
capacidad de obrar, patrimonio y tesorería propios así como autonomía de
gestión, para el cumplimiento de los fines establecidos en su Ley de creación.
El Instituto Murciano de Acción Social depende de la
Consejería de servicios sociales, a la cual le corresponde la planificación
general, la evaluación y el control de los resultados de su actividad.
Según con lo establecido en la Ley 1/2006, de 10 de abril:
El Instituto Murciano de Acción Social se forma con el fin
de ejecutar las competencias de administración y gestión de servicios,
prestaciones y programas sociales de acuerdo con los principios establecidos en
la Ley 3/2003, de 10 de abril, del Sistema de Servicios Sociales de la Región
de Murcia.
Sus áreas de actuación son:
a. Personas mayores.
b. Personas con discapacidad.
c. Personas con enfermedad mental crónica.
d. Personas en situación o riesgo de exclusión social.
e. Cualquier otro colectivo que necesite de protección social y que reglamentariamente se determine mediante razones justificadas; y que los colectivos que se incluyan se encuentren entre los que el artículo 10 de la Ley 3/2003, de 10 de abril, determina como servicios sociales especializados.
c. Personas con enfermedad mental crónica.
d. Personas en situación o riesgo de exclusión social.
e. Cualquier otro colectivo que necesite de protección social y que reglamentariamente se determine mediante razones justificadas; y que los colectivos que se incluyan se encuentren entre los que el artículo 10 de la Ley 3/2003, de 10 de abril, determina como servicios sociales especializados.
Sus Funciones:
El Instituto Murciano de Acción Social, dentro del ámbito
territorial y competencial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia,
cumple con las funciones establecidas en el artículo 3.1 de la Ley 1/2006, de
10 de abril, de Creación del Instituto Murciano de Acción Social, y además
tiene las siguientes:
a) El desarrollo y gestión de los servicios, programas y
prestaciones técnicas para los colectivos citados antes.
b) El apoyo y asistencia a los órganos de participación de
los centros que se gestionan.
c) La gestión y el seguimiento de las subvenciones
concedidas a entidades para el desarrollo de actuaciones dirigidas, a los
colectivos de su competencia.
d) La declaración y calificación del grado de dependencia.
e) La elaboración, el desarrollo y la ejecución de una serie de proyectos
específicos dirigidos a los colectivos de su competencia, en el marco
establecido por la planificación de la Consejería competente en materia de
servicios sociales.
f) La propuesta para la elaboración de anteproyectos y
proyectos de carácter general y de cualquier otra normativa referida a los
colectivos de su competencia.
g) La información especializada del sistema de prestaciones
y servicios en las materias de su competencia.
h) La coordinación, ejecución y seguimiento de los planes y
programas realizados con otras Administraciones Públicas, además de con la
Unión Europea en materia de su competencia.
i) Cualquier otra función que por norma de rango legal o
reglamentario, le sea atribuida.
LIMITACIONES:
Su actividad estará dirigida a mantener un nivel
de calidad adecuado y suficiente en la prestación de servicios sociales en la
Región de Murcia, procurando el aprovechamiento de los recursos públicos que
gestiona y coordinando las actividades de las instituciones públicas y privadas
en materia de servicios sociales, mediante el establecimiento de convenios,
conciertos o cualesquiera otras fórmulas de gestión compartida.
Su página web: http://www.carm.es
ISSL es el Instituto de Seguridad y Salud Laboral de la Región de
Murcia depende de la consejería de seguridad y salud laboral, la cual es la
responsable de sus funciones. El personal perteneciente a este organismo,
también pertenece a la conserjería de seguridad y salud laboral.
Sus funciones son:
- Analizar e investigar las causas determinantes en los
accidentes laborales, además, Recibe, tramita y registra los partes de dichos
accidentes.
- Realiza los estudios epidemiológicos.
- Contribuye a la elaboración de los mapas de riesgos
laborales.
- Realiza acciones formativas sobre seguridad y salud en el
trabajo.
- Actúa de apoyo a las PYME en los programas de prevención
de riesgos laborales.
- Hace un seguimiento de las actuaciones preventivas de las
empresas, coordinándose entre las diferentes administraciones públicas.
- Concede becas y ayudas para la prevención de los riesgos
laborales.
- Desarrolla proyectos de investigación aplicada.
- Informa sobre la acreditación de las entidades
investigadas.
- Coordina los registros sobre entidades de prevención.
- Evaluación y control de las actuaciones en la vigilancia
de la salud laboral.
- Propone la regulación de su normativa en el ámbito
autonómico, participando en el ámbito nacional e internacional.
- Controla los proyectos subvencionados por la propia
Comunidad Autónoma.
-Informa de los expedientes de aperturas en los centros de
trabajo.
En segundo lugar, el documento común , llevado a cabo por las estrellas de los grupos.
E-Government
Y, en último lugar, los vídeos capturados, mientras se llevaba a cabo el documento común
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